La Soberanía
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La soberanía es la expresión de la suma de los poderes de gobierno ( legislativo , ejecutivo y judicial ), reconocido como un sujeto de derecho internacional público (por ejemplo. Estado ), que puede ser una persona o una persona jurídica . La forma en que esta suma de poderes se organiza y distribuye se denomina forma de gobierno .
En doctrina, el derecho público teoriza esta institución jurídica esencialmente como uno de los elementos constitutivos del Estado , junto con el territorio y el pueblo . Esta suposición, sin embargo, ha encontrado algunas excepciones que ven la soberanía reconocida incluso por sujetos que no tienen su propio territorio o su propio pueblo, como se entiende en un estricto sentido técnico-jurídico. Como es el caso, por ejemplo, de la Soberana Orden Militar de Malta y la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
En derecho constitucional e internacional
En el derecho constitucional y el derecho internacional, la soberanía connota el poder supremo estatal y la independencia en las relaciones internacionales de un sujeto entidad / estado.
El ejercicio de la soberanía expresa la posibilidad de ejercer la supremacía dentro de una comunidad establecida en un territorio determinado.
Según el derecho internacional, solo es relevante el grupo de personas de un sujeto de derecho público internacional cuyas acciones, consideradas externamente, tienen un valor vinculante para el Estado, es decir, el Jefe de un Estado o los representantes de un Gobierno .
El aspecto externo de la soberanía se refiere a la independencia . Un estado soberano es sinónimo de un estado independiente , en una posición de igualdad jurídica con otros estados y en una posición para determinar libremente su propia política exterior , lo que en su interior implica una libertad de elección similar.
En los últimos tiempos, con la afirmación de las superpotencias y el fenómeno relacionado de los estados satélites y con el reemplazo de nuevas formas de colonialismo económico con las del colonialismo del siglo XIX , existe una tendencia a dar una interpretación más formal que sustancial de la noción externa. de soberanía: es decir, se cree que existe soberanía cuando no existen restricciones legales que la limiten. Que esta noción, aunque interpretada de esta manera, sigue siendo un punto de referencia importante en las relaciones internacionales es testigo de las reacciones repulsivas registradas contra la teoría, proclamada por la URSS en 1968 con motivo de la invasión de Checoslovaquia , de la soberanía limitada de los países socialistas individuales.
El ejercicio efectivo y sin molestias de la soberanía dentro de un territorio es la presuposición a la cual el derecho internacional vincula como consecuencia el derecho del Estado soberano a esperar que otros no entren en su territorio y el deber correspondiente de abstenerse de invadir el territorio de otros. : esta es la llamada soberanía territorial .
Otro derecho que desciende del ejercicio de la soberanía es proteger a sus ciudadanos que se encuentran en el territorio de otro Estado.
Formas de soberanía
Límites de soberanía
La soberanía del estado cumple con los límites. Estos límites son:
Contenido de la soberanía
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En doctrina, el derecho público teoriza esta institución jurídica esencialmente como uno de los elementos constitutivos del Estado , junto con el territorio y el pueblo . Esta suposición, sin embargo, ha encontrado algunas excepciones que ven la soberanía reconocida incluso por sujetos que no tienen su propio territorio o su propio pueblo, como se entiende en un estricto sentido técnico-jurídico. Como es el caso, por ejemplo, de la Soberana Orden Militar de Malta y la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
En derecho constitucional e internacional
En el derecho constitucional y el derecho internacional, la soberanía connota el poder supremo estatal y la independencia en las relaciones internacionales de un sujeto entidad / estado.
El ejercicio de la soberanía expresa la posibilidad de ejercer la supremacía dentro de una comunidad establecida en un territorio determinado.
Según el derecho internacional, solo es relevante el grupo de personas de un sujeto de derecho público internacional cuyas acciones, consideradas externamente, tienen un valor vinculante para el Estado, es decir, el Jefe de un Estado o los representantes de un Gobierno .
El aspecto externo de la soberanía se refiere a la independencia . Un estado soberano es sinónimo de un estado independiente , en una posición de igualdad jurídica con otros estados y en una posición para determinar libremente su propia política exterior , lo que en su interior implica una libertad de elección similar.
En los últimos tiempos, con la afirmación de las superpotencias y el fenómeno relacionado de los estados satélites y con el reemplazo de nuevas formas de colonialismo económico con las del colonialismo del siglo XIX , existe una tendencia a dar una interpretación más formal que sustancial de la noción externa. de soberanía: es decir, se cree que existe soberanía cuando no existen restricciones legales que la limiten. Que esta noción, aunque interpretada de esta manera, sigue siendo un punto de referencia importante en las relaciones internacionales es testigo de las reacciones repulsivas registradas contra la teoría, proclamada por la URSS en 1968 con motivo de la invasión de Checoslovaquia , de la soberanía limitada de los países socialistas individuales.
El ejercicio efectivo y sin molestias de la soberanía dentro de un territorio es la presuposición a la cual el derecho internacional vincula como consecuencia el derecho del Estado soberano a esperar que otros no entren en su territorio y el deber correspondiente de abstenerse de invadir el territorio de otros. : esta es la llamada soberanía territorial .
Otro derecho que desciende del ejercicio de la soberanía es proteger a sus ciudadanos que se encuentran en el territorio de otro Estado.
Formas de soberanía
- monarquía
- tiranía
- aristocracia
- oligarquía
- plutocracia
- democracia
- oclocracia
- meritocracia
Límites de soberanía
La soberanía del estado cumple con los límites. Estos límites son:
- Limitaciones fácticas: derivan de la imposibilidad del Estado de controlar de manera capilar los diversos aspectos de la vida del país.
- Límites de la ley o límites legales: derivan del derecho internacional cuyo propósito es asegurar la convivencia entre los estados y proteger a las personas y los individuos en nombre de los derechos humanos .
Contenido de la soberanía
- Ius imperii
- Es el derecho del soberano ejercer el mando sobre sus subordinados.
- Ius gladii
- Es el derecho del soberano disponer de la fuerza armada del Estado: en un sentido extendido, es el poder infligir sanciones (en primer lugar, lo capital, es decir, administrar alta justicia ) a los subordinados, o eliminarlos.
- Ius honorum (fons honorum)
- El fons honorum (fuente de los honores) es el derecho legítimo que tiene un jefe de estado , en virtud de su posición oficial, de honrar títulos nobles, órdenes de caballeros u otros méritos. El derecho se preserva a perpetuidad , cuando un reclamante al trono desciende de un soberano que no ha abdicado o ha realizado actos contrarios al ejercicio de la ley (por ejemplo, aquiescencia formal en el nuevo orden constitucional del reino ya propio).
- Debellatio
- La institución del derecho internacional de la debellatio se aplica al reclamante al trono que se somete a otra soberanía por un acto manifiesto : se deduce que cuando el acto se presta libremente, el pretendiente pierde la última prerrogativa soberana, el jus honorum , llegando a asumir el estatus de ciudadano privado, aunque con el tratamiento de Alteza Real. El caso es típico de las repúblicas que siguen un reino: la renuncia a la pretensión es una condición sine qua non para el regreso de los herederos exiliados al trono (por ejemplo, el Conde de París , Otto de Habsburgo , Víctor Emmanuel de Saboya ).
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Bibliografia:
www.wikipedia.org
Enciclopedia Microsoft® Encarta® 2003.
Nueva Enciclopedia Tematica Grolier 2012
https://www.ecured.cu
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